miércoles, 23 de noviembre de 2016

SESIÓN 22. Proyecto de dirección

Sevilla, 23 de noviembre de 2016

Objetivos:
  • ¿Qué competencias tiene un director?
  • ¿Qué criterios se necesitan para ser director?
  • ¿Por qué el proyecto de dirección?
En la sesión de hoy, miércoles de práctica, buscamos el proyecto de dirección del I.E.S. escogido por las Crayons, pero este centro no cuenta con el proyecto, así que hemos buscado otro proyecto directivo y hemos cogido el I.E.S. Campanillas y lo hemos añadido a la ventana de nuestra wiki, I.E.S. Martínez Montañés.

¿Qué competencias tiene un director? según la LOMCE:

Artículo 7.- De conformidad con lo regulado en el artículo 21 de la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, son competencias del Director:

  1. Dirigir y coordinar todas las actividades del Instituto, de acuerdo con las disposiciones vigentes y sin perjuicio de las competencias de los restantes órganos de gobierno del mismo.
  2. Representar oficialmente a la Administración Educativa en el Centro y ostentar la representación oficial del mismo, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas.
  3. Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones vigentes. Colaborar con los órganos de la Administración Educativa en todo lo relativo al logro de los objetivos del Instituto, así como formar parte de los órganos consultivos de la Delegación Provincial que se establezcan.
  4. Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al Instituto.
  5. Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del Instituto y ordenar los pagos. Visar las certificaciones y documentos oficiales del Instituto, así como de los Centros privados que, en su caso, se adscriban a él.
  6. Designar y proponer el nombramiento y cese de los restantes miembros del Equipo directivo, salvo el Administrador.
  7. Proponer el nombramiento y cese de los Jefes de Departamento y de los tutores, de acuerdo con el procedimiento establecido en este Reglamento.
  8. Fomentar y coordinar la participación de los distintos sectores de la comunidad educativa y proporcionar los medios precisos para la más eficaz ejecución de sus respectivas competencias, garantizando el derecho de reunión del profesorado, de los padres y madres, del alumnado y del personal de administración y servicios.
  9. Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones del Consejo Escolar, del Claustro y del Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica del Instituto y de los demás órganos colegiados.
  10. Firmar convenios de colaboración con centros de trabajo, una vez informados por el Consejo Escolar. Favorecer la convivencia en el Instituto y garantizar que el procedimiento seguido para imponer las correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones vigentes, se ajuste a lo establecido en el Reglamento de Organización y Funcionamiento y a los criterios fijados por el Consejo Escolar del Instituto.
  11. Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros de acuerdo con lo que, en aplicación del artículo 13 del Reglamento Orgánico de los IES, se determine a tales efectos.
  12. Favorecer la evaluación de todos los proyectos y actividades del Instituto y colaborar con la Administración Educativa en las evaluaciones externas que periódicamente se lleven a cabo.
  13. Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la normativa vigente.
¿Qué criterios se necesitan para ser director? según la LOMCE:
  • 5 años de docencia.
  • 5 años de antigüedad.
  • Tener superado el curso de función educativa impartido por MECD o CC.AA y según desarrollo por el Gobierno.
  • Concurso de méritos entre profesores.
  • Proyecto de dirección (objetivos, líneas de actuación y evaluación).
  • Valoración especial de experiencia, docente y acciones de calidad.
El siguiente paso de la sesión de hoy es poner en común todo lo trabajado y comentar con Lola el proyecto.
Por último hemos nombrado dentro del grupo de trabajo un director, un jefe de estudios, un secretario y un coordinador de tecnología, a mí me tocó el rol de secretaria cuyas competencias son:

Artículo 11.- Son competencias del Secretario o Secretaria:
  1. Ordenar el régimen administrativo del Instituto, de conformidad con las directrices del Director.
  2. Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del Instituto, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del Director.
  3. Custodiar los libros oficiales y archivos del Instituto. Expedir, con el visto bueno del Director, las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.
  4. Realizar el inventario general del Instituto y mantenerlo actualizado.
  5. Adquirir el material y el equipamiento del Instituto, custodiar, coordinar y gestionar la utilización del mismo y velar por su mantenimiento en todos los aspectos, de acuerdo con la normativa vigente y las indicaciones del Director.
  6. Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y servicios adscrito al Instituto y controlar la asistencia al trabajo del mismo.
Para finalizar Lola nos explica una actividad que tenemos que entregar el próximo día: Un día cualquiera en la vida de... yo he escogido a Maribel, un personaje ficticio que es secretaria del I.E.S. Martínez Montañés.
Personaje para jugar en nuestro prezi
  • Explicar su formación, no tiene que tener nuestra edad, optimista o pesimista, condición personal, experiencia, etc.

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